Cuando el punto de operación se encuentre a más de 3,50 metros del suelo y la tarea a realizar requiera movimientos o esfuerzos peligrosos para la estabilidad del trabajador, no es recomendable hacer uso de una escalera de mano.
Las tareas que requieren movimientos o esfuerzos peligrosos para la estabilidad son prácticamente todas las que impliquen manejo de herramientas o cargas pesadas o de grandes dimensiones, por ejemplo, taladrar o utilizar llaves de apriete. Para otros tipos de trabajo será la evaluación de riesgos de estos puestos de trabajo cuando se planifiquen estas tareas la que determine la posible deficiente estabilidad en la realización de los mismos. No obstante, si no es factible utilizar otro equipo de trabajo que ofrezca mayor seguridad, la escalera se utilizará únicamente si el trabajador dispone de un sistema anticaídas adecuado. El punto de anclaje debe ser seguro y accesible, y, junto con el resto de componentes compatibles que formen parte del sistema anticaídas, ofrecer garantías para detener la caída libre y limitar la fuerza de impacto.
(La NTP 774 contiene información técnica de carácter general relativa a los componentes y elementos que configuran un sistema anticaídas).
Otro ejemplo (véase la figura 30 b) sería el de una escalera que incorporase un punto de anclaje; en este caso, además de lo indicado con carácter general para sistemas anticaídas, se deberá seguir en todo momento las instrucciones de los fabricantes en lo referente a la estabilización de la propia escalera (estabilizadores laterales) o a la fijación de dicha escalera a la estructura soporte (por ejemplo, fachada, poste, etc.).
Así, por ejemplo, en el caso de vallas publicitarias, en las que se prevea realizar trabajos desde escaleras de mano, a más de 3,50 metros de altura, la instalación de dispositivos de anclaje, solidarios a la estructura de la valla, permite al operario, provisto de un arnés anticaídas, conectar un dispositivo anticaídas retráctil adecuado, con la ayuda de una pértiga apropiada (véase la figura 30 a).
Otro ejemplo (véase la figura 30 b) sería el de una escalera que incorporase un punto de anclaje; en este caso, además de lo indicado con carácter general para sistemas anticaídas, se deberá seguir en todo momento las instrucciones de los fabricantes en lo referente a la estabilización de la propia escalera (estabilizadores laterales) o a la fijación de dicha escalera a la estructura soporte (por ejemplo, fachada, poste, etc.).
Cuando se utiliza una escalera de mano se debe tener en cuenta que, aparte del peligro de caída de altura desde la propia escalera, puede existir un peligro adicional debido a la naturaleza del lugar en el que se puede producir la caída (fluidos industriales, agua, lodo, áridos, cereal, etc.).
En estos casos la evaluación de riesgos determinará la necesidad de uso de un sistema anticaídas adecuado incluso aunque el punto de operación se encuentre a menos de 3,50 metros de altura.
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